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El TSJC Declara Nulo El Despido De Una Empleada De Nissan
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Mensaje El TSJC Declara Nulo El Despido De Una Empleada De Nissan 
 
El TSJC declara nulo el despido de una empleada de Nissan por llevar una "vida normal" estando de baja

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado por primera vez a una empresa, Nissan, a readmitir a una trabajadora, víctima de la violencia de género, que fue despedida por "llevar una vida completamente normal" estando de baja a causa de la ansiedad que le producían los malos tratos.
  
De esta forma, como hizo el 30 de noviembre de 2007 el Juzgado Social número 6 de Barcelona, el TSJC ha declarado nulo el despido disciplinario por tratarse de una empleada protegida por la Ley Orgánica contra la Violencia Doméstica de 2004.

Dicha ley, un "sistema integral de tutela, asistencia sociosanitaria y económica", reconoce el derecho de las trabajadoras que sufren malos tratos a reducir su jornada laboral, a modificar su horario, a cambiar de centro de trabajo o a rescindir el contrato.

En julio de 2003, Raquel M.S. denunció a su compañero por malos tratos y se separó de él. Dos años y medio después, retomaron la relación sentimental pero, el 5 de febrero de 2006, volvió a denunciarlo y, tres días después, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Barcelona emitió una orden de alejamiento contra su pareja que le impedía acercarse a menos de 500 metros de ella.

Es por ello que Nissan, conocedora de la situación, le cambió el turno que realizaba de noche como operaria desde junio de 2004, por uno diurno y le dio permiso para acudir al juzgado a recoger la resolución de medidas cautelares. En una ocasión, desde la empresa se pidió a los Mossos d'Esquadra que acompañaran a Raquel M.S. a casa porque había recibido una llamada de su agresor.

El 18 de mayo de 2007, la mujer recibió la baja laboral por el "trastorno generalizado secundario a la violencia de género", pero el 27 de julio Nissan le comunicó por carta su despido disciplinario por una "falta laboral muy grave".

La empresa le explicó que habían descubierto que llevaba una "vida completamente normal, lo cual no corresponde con el supuesto estado de enfermedad" que había motivado la baja. A su entender, tal comportamiento supone "la transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza, así como de las espectativas" que había depositado en ella.

En base a la "reiterada doctrina jurisprudencial", el TSJC reconoce el derecho de las empresas a emprender acciones disciplinarias, como el despido, contra aquel trabajador que, estando de baja, lleve una vida normal porque dificulta su curación y percibe un subsidio "al que seguramente no tenía derecho por estar ya curado o por no haber padecido realmente la enfermedad".

Sin embargo, la Sala Social entiende que no se puede sancionar a una empleada por no ir al trabajo o llegar tarde a causa de los malos tratos que sufre, una situación que se puede justificar con una orden de protección o un informe de la Fiscalía que indique la existencia de indicios que demuestren que es víctima de la violencia de género.

Con todo, el tribunal ha desestimado el recurso interpuesto por Nissan contra la sentencia del Juzgado Social número 6 de Barcelona, y ha ratificado la resolución judicial que declara nulo el despido disciplinario y obliga a la empresa a readmitir a Raquel M.S. en las mismas condiciones y a pagarle los salarios no abonados.

www.europapress.es
  




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"Se ha hecho justicia"

Una de las mujeres readmitidas en el trabajo explica su caso

PERE RÍOS

De vez en cuando, los tribunales dictan sentencias que aumentan la consideración ciudadana para con ellos. Esta semana han trascendido dos casos con un nexo común: dos mujeres de condición humilde despedidas de manera injustificada y que han sido readmitidas por decisión judicial. Una protagonista y un familiar de la otra se reunieron ayer para explicarse en el Col·lectiu Ronda, el despacho de abogados que las ha defendido.

Raquel M. R., operaria de la Nissan y afiliada a CC OO, confesaba su orgullo por haber aguantado el envite a la empresa hasta que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha sentenciado que se la discriminó al despedirla estando de baja por depresión a causa del maltrato de su ex pareja. Lo que más le preocupa ahora es la postura de la empresa, que la ha destinado a una cadena de montaje donde el ritmo de trabajo es superior. Y lo que es peor: que la crisis sirva de escusa para presentar un expediente de regulación de empleo y se la incluya. De los comentarios morbosos de sus compañeros apenas hace caso: "Todavía tengo que sorportar bromas, pero es igual", explica la mujer, separada y con un hijo.

"Volvería a denunciar a la empresa y lo que he pasado ha valido la pena, porque se ha hecho justicia", explica esta trabajadora, que sólo se desencaja cuando se habla de su ex marido, el que la agredió y la sumió en la depresión que le costó el despido. "No tengo noticias de él y eso es lo mejor que me puede pasar".

Más delicada es la situación de Sandra Tejero, en coma desde el 15 de septiembre por un accidente de tráfico y que ha sido readmitida después de que la justicia anulara su despido. Ahora seguirá cotizando a la Seguridad Social todo el salario como dependienta El Punt del Peix, S. L. "Se ha hecho justicia con los derechos de una trabajadora", explicó la madre, Montserrat Casares.

Al hilo de esos dos casos, el abogado José Luis Condado recordó que desde 1994 ha habido en España una "progresiva y alarmante pérdida de los derechos colectivos e individuales de los trabajadores". Otros dos abogados, José Antonio González y Ester Comas, coincidieron en que tan importante es su trabajo como la resonancia mediática del asunto, y las dos mujeres anunciaron que quieren volver al anonimato y a no salir más en los medios.

http://www.elpais.com/articulo/cata...10elpcat_19/Tes
  




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