Falta de medidas de seguridad respecto de situaciones de acoso entre trabajadores
Desestima el TSJ el recurso de suplicación interpuesto por la trabajadora demandante frente a sentencia que no acogió su petición de recargo en las prestaciones por IT derivada de accidente de trabajo.Señala la Sala que para la imposición del mismo no basta con la existencia de un incumplimiento preventivo, sino que también se precisa su relación causal con el accidente, relación que de haber existido en el caso de autos, sin embargo, no habría impedido el trastorno anímico que la demandante sufrió a raíz de la situación de acoso sufrida por parte de una compañera, dado que no era exigible que la evaluación de riesgos incluyera, como uno de ellos, enfermedades psíquicas vinculadas a conductas de hostigamiento; es decir, aunque el empresario conoció el tipo de trato que la demandante recibía, en modo alguno significa que tuviera conciencia de que esa conducta generaba un riesgo para su salud, por lo que no era exigible que adoptara medidas para evitar que enfermara y, en consecuencia, no estamos ante una patología generada por la ausencia de plan de prevención laboral en la empresa demandada.Formula voto particular la Magistrada Dª Garbiñe Biurrun Mancisidor.
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El Refugio de Esjo
El Refugio Bullying
"No hay necesidad de apagar la luz del prójimo para que la nuestra pueda brillar"












